Entre Dos Mundos Radioshow

Programa radial conducido por la licenciada Karla Ávila.

Demos

Distintos trabajos de locución realizados por la licenciada Karla Ávila.

Activismo Ciudadano

Poner en práctica el valor de la solidaridad es #CuestiónDeHumanidad

Centro de Justicia y Paz

Valores democráticos y Derechos Humanos que promuevan la cultura de paz, el respeto y el entendimiento.

#HeteroAliada que brinda una #MiradaDeRespeto

Orientación que ayuda a promover la igualdad de los Derechos Humanos para la comunidad sexodiversa.

Red Naranja Venezuela

Por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

viernes, 29 de abril de 2016

Código de ética del periodista venezolano

Hoy 14 de febrero de 2014, por amor a mi Patria VENEZUELA le dedico el este documento a mis colegas venezolanos que se les olvida el "deber ser" de un periodista íntegro. Gracias a los que sí representan a la libertad de expresión como factor de elevación espiritual.



FOTO: En Maracaibo. El 27 de abril de 2007 cuando firmé el libro de actas donde me hice legalmente periodista de Venezuela.

Entre tantas emociones por celebrar el día del periodista, decidí editar esta publicación para adjuntar un discurso fabuloso, que siento el compromiso de compartir con mis lectores, ya que es de una de las periodistas más talentosas de Venezuela.

Escuchar sus palabras me llenaron de emoción, motivación y esperanza. Muy bien pensado, con gran inteligencia que la caracteriza y dirigido con una fresca claridad que llega al alma.


A continuación comparto el video publicado en su canal de youtube para que lo escuchen y lo analicen con calma.



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Código de Ética del Periodista Venezolano
Aprobado en la VII Convención Nacional del CNP celebrada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, en junio de 1988 y modificado parcialmente en el XXIX Secretariado del CNP efectuado en San Carlos, Estado Cojedes el 13 y 14 dejunio de 1997.
Contenido
Exposición de Motivos
Capítulo I
Capítulo II
Capítulo III
Capítulo IV
Capítulo V
Capítulo VI
Capítulo VII
Exposición de Motivos:
La libertad de expresión es un derecho fundamental y piedra angular de todas las libertades consagradas en la carta de las Naciones Unidas, proclamadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, garantizada en la Constitución Nacional y es factor esencial en el desarrollo, ampliación y profundización de la democracia en nuestro país.
El periodista concibe la libertad de información como un factor de la elevación espiritual, oral y material del hombre. En consecuencia, debe justificar intereses mercantiles o sensacionales o para convalidar tergiversaciones del mensaje informativo.
Esta libertad estará mejor salvaguardada cuando los periodistas se esfuercen por mantener el sentido más elevado de la responsabilidad profesional, constantemente y de buscar siempre la verdad en las explicaciones e interpretaciones de los hechos.
No obstante, estamos conscientes de que una conducta profesional ajustada a los lineamientos éticos, no es suficiente garantía de una información honesta y veraz. Se hace necesario establecer por esto responsabilidades de los propietarios de los medios de comunicación, quienes con frecuencia guían su conducta en busca de objetivos materiales antes que en la prestación de un servicio público. En este sentido, las normas que dictamos a continuación deberán igualmente orientar la acción de quienes desde el sector público o del sector privado, controlan medios de comunicación masiva.
El periodista se debe al público y por ello su información debe contribuir con su imparcialidad, veracidad, oportunidad y honestidad a que la verdad del suceso difundido sea evidente. Sin embargo, el periodista es un profesional y un ser humano, puede equivocarse y deberá entonces permitir al público interesado, derecho de réplica. Al autor de la noticia que considere que el planteamiento realizado por el periodista no se ajusta a lo que él expresó o declaró, derecho de respuesta, lo que significa aclarar. La aclaratoria es un derecho importante e irrenunciable, pero se trata de establecer, nuevamente, la posibilidad de garantizar al público que un periodista, es capaz de admitirlo y reconocerlo.
El Colegio Nacional de Periodistas dicta el Código de Ética como norma de conducta de los profesionales del periodismo que se desempeñan en la prensa, la radio o la televisión y que en general procesan la información en cualquier otra actividad, llama a todos sus miembros a cumplirlo y a vigilar a su cumplimiento y a los tribunales disciplinarios del CNP a convertirse en instrumentos activos que garanticen su plena vigencia y respeto.
El acatamiento a lo establecido en el Código de Ética del Periodista Venezolano tiene, además, carácter legal, pues así lo ordena la Ley de Ejercicio del Periodismo en su primer artículo, cuando señala expresamente que los miembros del Colegio Nacional de Periodistas estarán sometidos a él, a los Reglamentos Internos del Colegio y a las Resoluciones que dicten los órganos competentes del gremio.
Queda a cargo de los tribunales disciplinarios hacer efectivas las normas del Código, mediante la realización de procesos equitativos y justa aplicación de las sanciones contempladas y clasificadas por la Ley del Ejercicio del Periodismo en su Capítulo IV.
Capítulo I
Principios generales
Artículo 1. El periodismo es un servicio de interés colectivo y el periodista está en la obligación de ejercerlo consciente de que cumple una actividad indispensable para el desarrollo integral del individuo y la sociedad.
Artículo 2. El periodista tiene su origen en la libertad de expresión y el derecho a la información, normas democráticas consagradas en la Constitución de la República. El periodista debe luchar por la vigencia y efectividad de tales principios.
Artículo 3. El periodista debe impedir la concepción, promulgación y aplicación de decisiones que de alguna manera disminuyan, dificulten o anulen el ejercicio de la libertad de expresión y el libre acceso a las fuentes y medios de información.
Artículo 4. El periodista tiene la verdad como norma irrenunciable, y como profesional está obligado a actuar de manera que este principio sea compartido y aceptado por todos. Ningún hecho deberá ser falseado y ningún hecho esencial deberá ser deliberadamente omitido. El Colegio Nacional de Periodistas está obligado a prestar amparo a todo colegiado que sea afectado por defender la verdad.
Artículo 5. El periodista está obligado respetar y defender la verdad. la libertad de expresión y el desarrollo autónomo e independiente de nuestro pueblo. El periodista sólo podrá informar de la vida privada, aquello que sea de importancia para los intereses de la colectividad; está obligado a darle el tratamiento ajustado a la dignidad, la discreción y la veracidad que se merece la vida privada de cualquier ciudadano venezolano.
Capítulo II
El periodista con el pueblo
Artículo 6. El periodista se debe fundamentalmente al pueblo, el cual tiene derecho a recibir información veraz, oportuna e integral a través de los medios de comunicación social.
Artículo 7. El periodista está en la obligación de defender la nacionalidad y debe ser instrumento para el desarrollo independiente del país, la educación,la ciencia, la cultura y la comunicación y estar al servicio de la liberación de los pueblos y del hombre.
Artículo 8. El periodista no deberá deformar, falsear, alterar, tergiversar o elaborar material informativo impreso o audiovisual, cuya divulgación o publicación resulte denigrante o humillante para la condición humana. Parágrafo único: Es condenable el uso de técnicas amarillistas como deformaciones del periodismo que afectan el derecho del pueblo a ser correctamente informado.
Artículo 9. El periodista no debe ampararse en el anonimato. Debe hacer uso correcto del seudónimo. El uso de seudónimo que no permita la identidad del periodista responsable por su información, artículo, columna u otro género periodístico cualquiera, será considerado como un anónimo y, en consecuencia, podrá aplicarse la sanción jurídica a que hubiere lugar, así como denunciarlo ante el tribunal disciplinario competente.
Artículo 10. Esta prohibida la elaboración de textos e ilustraciones apócrifas o de arreglos o montajes audiovisuales destinados a dañar la fe pública, sin que esto implique el uso legítimo, creador y responsable de los recursos técnicos disponibles.
Artículo 11. El periodista comete falta grave cuando comunica de mala fe acusaciones sin pruebas o ataques injustificados a la dignidad, honor o prestigio de personas, instituciones o agrupaciones.
Artículo 12. Las informaciones falsas deben ser rectificadas espontánea e inmediatamente. El periodista publicará en el lapso de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de la noticia errada, la rectificación a que hubiera lugar, en el mismo espacio donde se publicó la primera noticia. Los rumores y las noticias no confirmadas, deberán identificarse como tales.
Artículo 13. El periodista no podrá, en ningún momento, evadir el cumplimiento del artículo 9 de la Ley del Ejercicio del Periodismo, que dice a la letra: "Toda tergiversación de la información debe ser rectificada oportuna y eficientemente. El periodista estará obligado a rectificar y la empresa deberá dar cabida a tal rectificación y a la aclaratoria que formule el afectado". Para el procedimiento de rectificación, el periodista seguirá lo pautado en el artículo 14 del Reglamento de la Ley, que señala: Las rectificaciones a que se refiere el artículo 9 de la Ley deberán ser hechas dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a aquellas en que lo exija al agraviado, en las mismas condiciones y el mismo medio en que cursó la información. Para los efectos de este artículo,la obligación del medio de comunicación o del periodista, se cumplirá con la entrega de la rectificación a la empresa u organismo que estará obligado a publicarla gratuitamente. La empresa deberá expedir al periodista constancia de los hechos a que se refiere el párrafo anterior y será en forma oportuna y eficiente.
Artículo 14. El periodista propiciará y estimulará el acceso a los medios de comunicación social de opiniones de los más diversos sectores, sin discriminación alguna de sexo, religión, clase social o ideologías; se preocupará fundamentalmente porque los sectores desposeídos de la población, logren la más justa y pronta reivindicación de sus peticiones y causas.
Artículo 15. El periodista tiene su instrumento fundamental en el idioma, elemento básico en la consolidación de la cultura nacional. El periodista está obligado a usarlo debidamente.
Artículo 16. El periodista deberá contribuir activamente a la salud pública, y defender la conservación del equilibrio ecológico necesario a la vida humana,y deberá denunciar las situaciones que propicien la contaminación, como la introducción, fabricación y uso en el país de materiales que dañen la naturaleza o desmejoren las condiciones ambientales.
Artículo 17. El periodista debe luchar por un ambiente comunicacional sano, en el sentido de lograr equilibrio de los mensajes. La entropía comunicacional como factor de ruido en el espacio comunicacional deberá ser denunciada y el periodista, como medidor social, deberá luchar para impedir la sobrecarga de mensajes contaminantes del medio ambiente.
Capítulo III
El periodista con la fuente
Artículo 18. El periodista, a quien la fuente haya pedido guardar en secreto su identidad, no deberá revelarla en ningún caso y respetará la decisión de la fuente a cualquier tipo de presión. Parágrafo único: En ningún caso el periodista debe revelar el secreto profesional.
Artículo 19. El periodista debe verificar las informaciones que recibe y recurrirá las fuentes idóneas que le permitan la información de manera veraz.
Artículo 20. El periodista rechazará donaciones o contribuciones de origen público o privado, dirigidas a interferir o influenciar su labor informativa. La búsqueda de ventajas personales, en perjuicio del interés colectivo, es incompatible con el ejercicio del periodismo.
Artículo 21. El periodista no podrá recibir remuneración alguna de entidad pública o privada que deba frecuentar por razones informativas. Es incompatible el ejercicio simultáneo del periodismo con el de relaciones públicas o asesoría de prensa, cuando el periodista tiene asignada como fuente la institución o persona para la cual ejercería la segunda actividad.Parágrafo único: Los cargos de jefes de redacción y jefe de información, son absolutamente incompatibles con el ejercicio simultáneo de la Relaciones Públicas, en organismos públicos o privados y asesorías de prensa de todas las fuentes periodísticas.
Artículo 22. El periodista no deberá divulgar como información lo que tiene carácter comercial o publicitario sin identificarlo claramente como tal.
Artículo 23. El periodista no debe prestarse a desplazamiento desleal de un colega en el cargo o fuente que desempeñe.
Artículo 24. El periodista no podrá aceptar un sueldo salario inferior al mínimo establecido por el Colegio o en los contratos sindicales laborales que estén vigentes en la oportunidad de cada caso.
Artículo 25. El periodista denunciará las presiones de la fuente ante su empleador para ser removido de ella sin causa justificada. En caso de que así sucediese, el Colegio Nacional de Periodistas asumirá su defensa.
Capítulo IV
El periodista con su gremio
Artículo 26. El periodista tiene como deber imperativo utilizar sus esfuerzos personales para alcanzar el fortalecimiento y éxito del Colegio Nacional de Periodistas.
Artículo 27. El periodista está obligado a fortalecer el espíritu de fraternidad, consideración y respeto mutuo que enaltece la profesión. No deberá promover el descrédito, ni atribuir intereses o propósitos que perjudiquen moral o materialmente a otros colegas.
Artículo 28. El trato indigno que afecte a un periodista sería motivo de repudio y sanción por parte del gremio.
Artículo 29. El periodista debe denunciar a toda persona que incurra en el ejercicio ilegal de la profesión.
Artículo 30. El periodista tiene prohibido hacer público como suyo material informativo en cuya elaboración no haya participado. Ni prestar su nombre para amparar publicaciones o programas audiovisuales donde no tenga participación efectiva.
Artículo 31. El periodista sólo aceptará premios otorgados de acuerdo a las normas establecidas o aprobadas por el Colegio Nacional de Periodistas.
Capítulo V
El periodista con la empresa
Artículo 32. El periodista está unido a la empresa por las obligaciones derivadas de un contrato de trabajo. El periodista tratará de contratar en forma colectiva y acogerse a las decisiones sindicales donde existan. En consecuencia, sólo está obligado a responsabilizarse por su trabajo intelectual, apegado al presente Código de Ética y a los deberes señalados en la Constitución y las Leyes de la República.
Artículo 33. El periodista rechazará de quienes ejerzan cargos o funciones de directivos empresariales, presiones, que le induzcan a transgredir el Código de Ética ni cualesquiera otras disposiciones que emanen de los órganos del Colegio Nacional de Periodistas o de las Leyes de la República.
Artículo 34. El periodista debe exigir de parte de la empresa respeto a sus creencias, ideas y opiniones, así como el material informativo que entrega como producto de sus esfuerzos y trabajo. Tampoco permitirá que se cambie el sentido o naturaleza del material informativo elaborado y entregado bajo su firma.
Artículo 35. El periodista sólo podrá suscribir contratos individuales de trabajo,cuando ello signifique el logro de ventajas y reivindicaciones superiores a las establecidas en el contrato colectivo donde lo hubiere.
Artículo 36. El periodista debe asumir, conjuntamente con la empresa donde prestar servicios, responsabilidad de toda información elaborada por él y difundida sin que haya sufrido alteración ajena a la voluntad del redactor. Parágrafo único: El periodista tiene derecho a retirar su firma en una información, si considera que por la intervención de la Redacción han sido puestos en duda la exactitud de los datos, deformadas declaraciones de terceros, o si injustificadamente fueron realizados cambios sustanciales.
Artículo 37. El periodista debe luchar por obtener el derecho a intervenir en la elaboración y ejecución de la política editorial e informativa del medio en que trabaje.
Artículo 38. El periodista debe reivindicar su derecho a expresar sus puntos de vista en las secciones de opinión del medio para la cual trabaja, aun cuando sean divergentes con la política editorial de la empresa.
Artículo 39. El periodista debe exigir en sus relaciones con la empresa, un tratamiento ajustado a su dignidad y al valor e importancia que tiene su profesión en la sociedad.
Capítulo VI
El periodista con el Estado
Artículo 40. El periodista tiene el deber insoslayable de defender la Soberanía Nacional y la integridad territorial. En consecuencia, debe contribuir con su acción gremial en esta patriótica tarea, oponiéndose a toda prédica o campaña que contraríe el interés nacional, así como la paz y la amistad entre los pueblos.
Artículo 41. El periodista debe exigir del Estado la aprobación de una legislación que lo proteja contra los efectos del monopolio u oligopolio de los medios de comunicación social.
Artículo 42. El periodista debe rechazar presiones que puedan ejercer gobiernos y grupos económicos. políticos o de cualquier otra índole para deformar, manipular o censurar informaciones.
Artículo 43. El periodista tiene el deber de combatir sin tregua a todo régimen que adultere o viole los principios de la democracia, la libertad, la igualdad y la justicia.
Artículo 44. El periodista que trabaje en sector público, debe rechazar las presiones que pueda ejercer el Estado, en el sentido de lograr una identidad ideológica.
Artículo 45. El periodista y los órganos regulares del Colegio, serán los únicos responsables de asegurar la observancia y vigilancia de estos principios éticos. En consecuencia, nada puede justificar la intervención de cumplimiento o sanción a quienes violen el presente Código.
Capítulo VII
Disposiciones finales
Artículo 46. El periodista debe denunciar a cualquier persona, ante público que atente contra los principios de la libertad de expresión y derecho a la información que tiene todo ciudadano, así como contra cualesquiera de las normas del presente Código de Ética.
Artículo 47. El periodista debe lograr que el presente Código de Ética se mantenga en sitio público en todos los centros de trabajo, así como colaborar para que tenga la debida difusión y sea conocido, aceptado y practicado por todos los miembros del Colegio Nacional de Periodistas.
Artículo 48. El periodista al ser admitido en el Colegio Nacional de Periodistas,deberá prestar juramento solemne de que cumplirá fielmente este Código de Ética.
Artículo 49. El presente Código de Ética del Periodista Venezolano queda sancionado en la Primera Convención del Colegio Nacional de Periodistas, celebrada en la ciudad de Caracas, entre los días tres y cinco de Septiembre de mil novecientos setenta y seis.
Artículo 50. El cumplimiento de este Código es obligatorio para los miembros del CNP y corresponderá a los tribunales disciplinarios su vigilancia y sustanciar las denuncias.

miércoles, 13 de abril de 2016

RECUPERANDO NUESTRA PLAZA EL AGUA DE CIUDAD GUAYANA


Saludos queridos lectores!

Como siempre, es un placer saludarles.

A continuación les presento la próxima jornada ciudadana de limpieza en Ciudad Guayana.


Se trata de la actividad denominada “RECUPERANDO NUESTRA PLAZA EL AGUA”, la cual ha sido postulada para el día 24 de abril de 2016 a las 7:30am, por varias organizaciones eco-ambientales de la región entre las que figuran: Guayaneses Por El Mundo, Fundación Dos Aguas, Fundación Ejemplo, Ecocívico, Voluntarios de “Guayana Limpia”, Voluntarios de “Limpieza Puerto Ordaz”, Voluntarios de “Muraleja”, CEEUNEG Centro de Excursionismo Ecológico de la Universidad Nacional Experimental de Guayana, entre otros ciudadanos no menos importantes.

En tal sentido, nos honra requerir el apoyo de todos los guayaneses para sumarse como voluntarios a la jornada ciudadana “RECUPERANDO NUESTRA PLAZA EL AGUA”, de tal manera de poder ofrecer una mejor presentación del acceso al Ecomuseo, a propósito de la próxima inauguración de la exhibición “EXPLORADORES DE GUAYANA. FÉLIX CARDONA en los ríos Caroní y Caura”, evento itinerante que se realizará a partir del 28 de abril en las instalaciones del mismo, con el objetivo fundamental de educar a los niños, jóvenes y a los visitantes en temas relacionados con los paisajes, ecosistemas, especies y habitantes de la región para crear conciencia histórica. 

Para esta y otras actividades requerimos personas con vehículos que sirvan de transporte para llevar voluntarios, refrigerios (agua, jugos, refrescos, té, vasos, termos con agua, saladitos, galletas, etc), insumos (guantes, bolsas negras, cajas de cartón, sacos biodegradables, botellones de agua de 5lts para regar las plantas, etc), equipos (hidrojet, desmalezadoras, escaleras, etc), herramientas (machetes, tijeras de podar, rastrillos, etc).

De igual manera, para nosotros es muy importante la participación activa de todos los guayaneses, por lo cual los invitamos a su prestigioso medio a que convoquen formalmente a la comunidad en general a participar en dicha jornada.

A continuación la lista de coordinadores por fundación y sus contactos para que los ubiquen directamente:


Gustavo Chuecos - FUNDACIÓN EJEMPLO:
Twitter: @chuecosv
Correo electrónico: chuecosv@gmail.com
Facebook: https://www.facebook.com/fundacionejemplo/


Gabriel Picón - FUNDACIÓN DOS AGUAS:
Twitter:@fdosaguas
Correo electrónico: fund.dosaguas@yahoo.com y gabrielpicon@yahoo.com
Facebook: https://www.facebook.com/fdosaguas/

Yonathan Ruíz - GUAYANA LIMPIA:
Twitter:@GuayanaLimpia y @YonathanRuiz
Correo electrónico: yonathanruiz@gmail.com
Facebook: https://www.facebook.com/groups/guayanalimpia/

David Pinto - LIMPIEZA PUERTO ORDAZ:
Twitter: @LimpiezaPZO
Correo electrónico: ciudadlimpiapzo@gmail.com
Facebook: https://www.facebook.com/limpieza.de.puerto.ordaz/

Adrián Ávila - GUAYANESES POR EL MUNDO:
Twitter: @GuayanesesMundo y @Avilaadrian24
Correo electrónico: guayaneses@yahoo.es
Facebook: Guayaneses por el mundo

http://www.guayanesesporelmundo.com/

Artemio Fierro - MURALEJA:
Twitter: @MURALejaa y @arte_mio11
Correo electrónico: arte.groks@gmail.com
https://www.facebook.com/TuMuraLeja/

Karla Ávila - ENTRE DOS MUNDOS:
Twitter: @LaTuristaKAM y @2mundosguayana
Correo electrónico: karla.avilamorillo@yahoo.com.ve
Facebook: https://www.facebook.com/laturistaKAM/ (ecología, turismo, viajes, reciclaje, tecnología)
                  https://www.facebook.com/EntreDosMundosFM/ (noticias de todo tipo)

Agradeciendo de antemano su recibimiento, apoyo y recursos que consideren puedan contribuir a una labor que sume voluntades y excelencia en los objetivos señalados.


Usemos la etiqueta #GuayanaLimpia



Atte.
Lcda. Karla A. M. 
@LaTuristaKAM
@2mundosguayana

     
     GRACIAS A TODOS LOS ORGANIZADORES

lunes, 11 de abril de 2016

Activismo ciudadano

Estimados lectores, saludos cordiales.

Como siempre, el llamado es a la reflexión siempre que podamos hacerlo. Cada amanecer, cada día y cada noche, es una oportunidad para conversar con uno mismo.

Y es que con frecuencia escuchamos o leemos decenas de quejas infinitas, que con razón, luego de vivir en carne propia la situación del país, nos llevan a reflexionar y preguntarnos: ¿Qué puedo hacer por mi país?.

Los más fatalistas opinan que ya todo se perdió y ya no hay nada que hacer (gracias a Dios la mayoría no opina así)

Los optimistas viven la realidad pero la revierten a favor de tener nuevas ideas, tejen redes de ciudadanos para llevar a cabo actividades en pro de la sociedad. Emprenden a realizar sus sueños, tomando las situaciones difíciles para convertirlas en productivas. Cada quien desde su trinchera, cada quien desde lo que más le gusta hacer. Lo que yo llamo "pequeñas grandes motivaciones".

Es por ello que quiero invitarlos a formar parte de CEPAZ y la Red De Activistas Ciudadanos. La idea es sumar voluntades, no críticas, ni descalificaciones, mucho menos tener actitudes negativas que empañen la labor de esta organización.

Les pido "No tener miedo" y conocer lo que son los Derechos Humanos, que de inmediato muchos pensarán que solamente tienen que ver con presos políticos o estudiantes agredidos, a propósito de los hechos ocurridos en Venezuela durante el 2014, pero no es así, abarca otros aspectos igual de importantes. 

Estamos hablando, no solamente de derechos civiles y políticos sino también derechos económicos, sociales, culturales, entre otros...

En CEPAZ tienen a disposición el uso de la plataforma digital ( Conozca CEPAZ ) para participar en actividades, leer, escribir, visibilizar y proponer desarrollo a nivel regional y nacional como activistas ciudadanos.

Del mismo modo, periódicamente viajan a Ciudad Guayana y otras localidades del país para impartir talleres de alta calidad para capacitar a todos aquellos activistas que deseen aprender no solamente de leyes sino también manejo de herramientas que ayuden a capacitar desde excelencia y especialización aplicable a la profesión de cada participante.

A continuación les presento la información proporcionada por la propia organización:


           





Estimado/a Activista, ​recibe un afectuoso saludo. ​

Con nuestro trabajo en RED queremos seguir buscando trasformar nuestro entorno. Con tu apoyo activo en la Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos​ - REDAC y con tus acciones presenciales y digitales estarás contribuyendo a cambiar la realidad sobre la situación general de Derechos Humanos en Venezuela y el mundo, por tal motivo todas tus  acciones y activismos son fundamentales y suman a los importantes esfuerzos ​tan necesarios ​para lograr una gran incidencia, alzando tu voz para visibilizar a los más vulnerados o susceptibles de serlo.

Ser una/un​ Activista Ciudadano por los Derechos Humanos ​utilizando la plataforma de REDAC es muy fácil.  En solo 3 pasos puedes Activarte!

PRIMER PASO:

Regístrate en la Plataforma

Crea tu perfil de activista en la página web www.cepaz.org.ve y comenzarás la aventura de aportar a la construcción de una sociedad más humana. No olvides colocar tu foto ​de​​ ​perfil. Recuerda que participas en una comunidad virtual de personas conectadas con un importante propósito,​ ​conocernos y trabajar en red​ ​es parte​ ​fundamental ​de la experiencia.

SEGUNDO PASO:

Apoya y​ ​Participa​ ​en los Activismos

En la plataforma encontraras distintos activismos que los miembros han propuesto. Si quieres participar puedes darles tu apoyo con un click al Corazón donde dice “Apoyo esta causa”, compartirlo en tus redes sociales o simplemente unirte a la acción que proponen en el activismo.


TERCER PASO:

Propón tus Activismos
Una vez que tengas tu perfil puedes comenzar a proponer tus acciones o activismos.
Empieza una campaña siendo creativo y colocando en práctica todas las herramientas que se te han facilitado en los talleres.
​Si necesitas ayuda contáctanos.​
Finalmente remitiremos ​a ​tu​​ ​correo​​ ​una invitación​ ​para sumarte a un grupo google, para que el envío de comunicaciones y el compartir​ ​del​ ​trabajo en red sea mucho más dinámico y productivo. Recuerda aceptarla para que puedas recibir todas las comunicaciones de la REDAC

Contamos con tu rol activo para la Promoción y Defensa de los DDHH



Beatriz Borges, Bárbara Puglisi, Carlos Guerra, Yenni​​ Peña.
Equipo CEPAZ - Promotor REDAC
Centro de Justicia y Paz - @_CEPAZ

martes, 5 de abril de 2016

Bolívar NO discrimina

Como humanista que siempre he sido, desde niña, con frecuencia me gustó apoyar causas nobles, proyectos a favor de una sociedad mejor y aunque entre mis compañeros de colegio era muy común la discriminación, yo siempre me hacía amiga de todos sin importar clase social, color de piel, preferencia sexual o ideologías. Siempre he sido sensible a estos temas, más cuando veo en el mundo tanta indiferencia, discriminación, acoso y la cultura del descarte, aquella que dice "si no me pasa a mí y no me afecta, pues no me importa que le pase a otro".

Ya de adulta he conocido en carne propia y "ajena" lo que es la violación de los Derechos Humanos y una cantidad infinita de injusticias en mi país, por ello, me interesé en conocer un poco más en relación a las libertades, derechos y deberes ciudadanos. De eso modo, poco a poco, he podido entrar a ese otro mundo de los grupos menos favorecidos, de aquellos que no tienen voz para denunciar atrocidades cometidas, de aquellos que tienen miedo...



Es así como conocí a Félix y Danny, una pareja que trabaja con ahínco junto a su Asociación "Orgullo Guayana", una Organización No Gubernamental (ONG) del estado Bolívar que promueve la igualdad de los Derechos Humanos en Venezuela y actúa formalmente en contra de la discriminación por sexo, orientación sexual, expresión de género o condición de salud.



Y es que para mí NO es necesario pertenecer a su grupo "sexodiverso" para ser solidarios con ellos o quien quiera que necesite apoyo, bien sea moral o como activista, periodista o fotógrafa y hasta como amiga. Basta con ponerse en los zapatos de personas que son vulnerables a ciertas circunstancias negativas para saber que el prójimo es cualquier ser humano, porque somos diferentes en muchas aspectos pero todos somos seres humanos por igual.



Todo este preámbulo es porque quiero compartir con todos mis lectores un gran logro de esta asociación, por lo cual adjunto a continuación referencia al "Acuerdo 003-2014" que busca erradicar la discriminación por sexo, edad, orientación sexual, expresión de género o condición de salud.

A continuación, veamos de qué trata la idea y la próxima invitación al conversatorio "BOLÍVAR NO DISCRIMINA" 

Cito: 

"Con la finalidad de aumentar en la ciudadanía guayacitana el conocimiento sobre el Acuerdo 003-2014 del Consejo Legislativo del estado Bolívar (CLEB) en Gaceta Oficial 1420 del 26 de marzo de 2014, la Asociación Civil Orgullo Guayana, en conjunto con la Cámara Municipal y la Alcaldía de Caroní, realizarán el Conversatorio “Bolívar No Discrimina”. La entrada es libre y está pautado para el próximo jueves 7 de abril de 9:30 am a 12 m en el Auditorio de la Alcaldía (diagonal a la Plaza Bolívar de San Félix). 

El conversatorio está dirigido tanto al público general, como a personal adscrito a instituciones gubernamentales, representantes de las empresas privadas, profesionales del derecho, educación, salud y comunicación social, estudiantes universitarios y activistas de organizaciones que promuevan la democracia, los valores ciudadanos y los derechos humanos. Se puede conseguir mayor información en redes sociales a través del hashtag #YoCumploLa003_2014 o solicitarla al correo federacionglbt@hotmail.com, la cuenta Twitter @OrgulloGuayana o al WhatsApp 04141934587.

Desde 2008, Orgullo Guayana viene promoviendo la igualdad de los Derechos Humanos en el suroriente del país, en mancomunada acción para erradicar la discriminación por sexo, edad, orientación sexual, expresión de género o condición de salud, cuando lograron posicionar al estado Bolívar como el primero del país en realizar una movilización masiva llamada “Marcha por la Dignidad LGBTI y la Defensa de Nuestros Derechos Humanos” que para entonces solo se conocía en la capital. Al respecto, Danny Rousseau, presidente de la organización, expresa: “Esta manifestación aunada al cúmulo de actividades de educación, concienciación y visibilidad en la región nos han convertido en referencia obligatoria en temas con contenidos sobre equidad, respeto y, por supuesto, diversidad sexual y derechos humanos”.

El Acuerdo 003-2014 considera los artículos 19, 20, 21; así como 27 y 30 y otros tantos consagrados en la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela inherentes a la protección y al grado de vulnerabilidad de la orientación sexual, expresión e identidad de género de la ciudadanía y la expresa aclaratoria de la Sentencia 190 del 28 de febrero del 2008 del Tribunal Supremo de Justicia que establece un marco legal de protección contra la discriminación individual en razón de la orientación sexual de la persona y reivindica la igualdad absoluta ante la ley de todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género, plantea actividades, planes, programas, campañas y talleres de formación para erradicar la discriminación y establece el 17 de mayo como un día especial para conmemorar. “El acuerdo contó con la aprobación unánime del parlamento regional bajo la presidencia de la diputada Zulay Betancourt, también nos sitúa como el primer estado de Venezuela en pronunciarse por la no discriminación y el respeto de todas las ciudadanas y los ciudadanos de la entidad territorial”, encomia Rousseau. El 17 de mayo de 1990, la Organización Mundial de la Salud en Asamblea General estableció que a la homosexualidad no se le debía dar trato de enfermedad mental."

Félix Fernández/Prensa Orgullo Guayana